El Juzgado Civil del Circuito de la ciudad de Quibdó,
a través del auto interlocutorio 589 de ayer 26 de agosto de 2020; sancionó al
ex secretario de Educación del Chocó, HAROLD RAMÍREZ OROZCO, por desacatar el
cumplimiento de las obligaciones contenidas en fallo de tutela del pasado 30 de
junio del mismo año.
La jueza se pronunció:
“RESUELVE PRIMERO. DECLARAR que el Secretario de
Educación Departamental del Chocó, señor HAROL RAMIREZ OROZCO, incurrió en
desacato conforme al artículo 52 del decreto 2591 de 1.991.
SEGUNDO. IMPONER SANCION al Secretario de Educación
Departamental del Chocó, señor HAROL RAMIREZ OROZCO, por desacato a las
obligaciones contenidas en el fallo de tutela del 30 de junio de 2.020,
proferida por este despacho, consistente en cinco (5) días de arresto
consecutivos hasta que cumpla la orden impartida en el mentado fallo, que
deberá cumplir en el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y
Carcelario La Picota de Quibdó, Chocó, y además imponerle, multa de ocho (8)
salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá consignar en la cuenta
de depósitos judiciales a nombre de este Juzgado en el Banco Agrario de
Colombia.
Líbrese oficio a la Policía Nacional- Bogotá D.C.,
para que cumpla con la orden de arresto.
TERCERO. REQUERIR al Secretario de Educación
Departamental del Chocó, señor HAROL RAMIREZ OROZCO, para que dé cabal
cumplimiento a lo dispuesto en el fallo de tutela referido.
CUARTO. ABSTENERSE de imponer sanciones a los señores
SANDRA MARIA DEL CASTILLO ABELLA y JAIME ABRIL MORALES.
QUINTO. Notifíquese la presente decisión a las partes
por el medio más expedito.
SEXTO. Remítase las presentes diligencias ante el
Honorable Tribunal de este distrito judicial, con el fin de surtir la consulta
respectiva”.