La Procuraduria 186 Judicial I para asuntos administrativos de Quibdó presentó acción popular, con miras lograr el inicio, terminación y entrega de la construcción del puente vehicular de la carrera 1 del barrio Kennedy del municipio de Quibdó, y la restitución o reintegro al DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ de la suma de DOS MIL TRESCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS ($2.301.325.305), más sus intereses, o la suma que resulte probada en el proceso en proporción a la conducta culposa del respectivo ex servidor público, por concepto de costos, sobrecostos y demás perjuicios ocasionados al erario público.
En criterio de esa Procuraduría Judicial, la mencionada obra pública no se ejecutó ni terminó porque el Departamento del Chocó no
garantizó las partidas presupuestales para la ejecución de la obra; el plazo para construir la
obra ya se venció; y el manejo de los recursos públicos
trasferidos a la Gobernación del Departamento del Chocó se realizó en forma ineficaz por
parte de los ex gobernadores que administraron los recursos públicos de esta obra inconclusa
durante los períodos 2013 a 2017, permitiendo embargos, sin una gestión jurídica eficiente, y
realizando pagos a terceros por fuera del objeto contractual, generando así una
des financiación y abandono de la obra pública contratada por la administración
departamental del Chocó, a lo largo de más de cinco (5) años, desde cuando debió construirse,
situación que evidencia una afectación de los derechos colectivos a la moralidad
administrativa; a la defensa del patrimonio público; al acceso a una infraestructura de
servicios que garantice la salubridad pública; el acceso a los servicios públicos y a que su
prestación sea eficiente y oportuna; y a la realización de las construcciones, edificaciones y
desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando
prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Quibdó, y de
la población en general.
La demanda cursa en primera instancia en el Juzgado Primero Administrativo Oral del circuito de Quibdó. (Exp. 27001-33-33-001-2021-00086-00).