Este miércoles 8 de mayo, el alto tribunal declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, por medio de la cual se dio creación al Ministerio de la Igualdad, encabezado por la vicepresidenta de la República,FrVicio de procedimiento insubsanable"ancia Márquez, porque el Congreso incurrió en un "
Es decir, no se realizó el debido
análisis del impacto fiscal de la creación de la cartera, conforme a las
exigencias previstas en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003, el cual
dicta las normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y
transparencia.
Según la Corte constitucional, el alto
tribunal señala que la omisión violó el artículo 151 de la Constitución,
según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes
ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de
2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez. Por esta
razón, la Sala Plena declaró la inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023.
Con todo, la Sala Plena decidió diferir los efectos de la declaratoria de inexequibilidad. La Corte encontró que declarar la inconstitucionalidad con efectos inmediatos implicaria la eliminacion del sector administrativo de Igualdad y Equidad y, naturalmente, del ministerio que lo encabeza.
En criterio de la Sala Plena, esto causaría una desarticulación institucional que afectaría la implementación de la política pública que ha sido diseñada por el legislador y el ejecutivo para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, tales como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad. Lo anterior, podría, a su vez, comprometer la vigencia del principio de igualdad y, en concreto, el mandato previsto en el artículo 13.3 de la Carta Política.
En tales términos, con el objeto de
conciliar los intereses y principios constitucionales en tensión y salvaguardar
el principio de igualdad, la Sala Plena resolvió diferir los efectos de
esta decisión por el término de dos (2) legislaturas
Esto lo que quiere decir es que en esos dos años (20 de julio de 2024 a 20 de junio de 2025 -20 de julio
de 2025 a 20 de junio de 2026) tramitan una ley, el Ministerio podría seguir
existiendo, pero solo con una nueva ley que no tenga vicios de procedimiento.
Sobre este tema el magistrado Jorge Enrique
Ibáñez Najar salvó parcialmente y aclaró su voto. Los magistrados Juan Carlos
Cortés González y Antonio José Lizarazo Ocampo, así como las magistradas
Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera, se reservaron la posibilidad de
aclarar el voto.
Cortesia: Caracol radio