En fallo de primera
instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con
destitución e inhabilidad por 9 años al exdirector General de la Corporación
Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó, Teófilo
Cuesta Borja, por irregularidades en contratación por
selección abreviada de menor cuantía.
La entidad confirmó que el
disciplinado suscribió el contrato de prestación de servicios 181 de 2019 con
la empresa Siglo 21 Comunicaciones S.A.S para la publicación de avisos de
prensa, mensajes radiales y apoyo a las campañas ambientales por un
valor inicial de $ 100.000.000.
La autoridad disciplinaria
evidenció que el funcionario al momento de suscribir el contrato, inobservó
la forma de pagos establecidas en los estudios previos y en los pliegos de
condiciones definitivos y del proceso contractual de selección
abreviada en el que se estipulaba que se realizaría por “cuentas de cobro
presentadas conforme a producción”, modificándola a la modalidad de
pago anticipado.
El ente de control corroboró
que de manera injustificada al momento de firmar el bilateral el
disciplinado le confirió un pago anticipado del 50 % al perfeccionamiento del
contrato y firma del acta de inicio; sin exigirle al contratista el
requisito legal y obligatorio de constituir las garantías que cubren el amparo
de devolución del pago anticipado por un monto igual.
El organismo de control
comprobó que el exdirector ordenó el pago por $ 50.000.000,
correspondiente al 50 % del valor del contrato, a pesar de carecer de los
requisitos obligatorios que cubrieran los riesgos derivados de la suma
desembolsada.
En consecuencia, se
estableció que el investigado transgredió el principio de responsabilidad de la
contratación estatal dado que teniendo a cargo la dirección y manejo de la
actividad contractual y la administración de los bienes de la corporación violó
de manera manifiesta las reglas de obligatorio cumplimiento.
Debido a esto, la
procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 calificó la falta de Cuesta
Borja como gravísima, a título de culpa gravísima.