La Sala Quinta del Consejo de
Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en
audiencia realizada este 31 de octubre del año en curso, luego de analizar un extenso
expediente, determinó negar las pretensiones de la demanda interpuesta contra
la gobernadora del Chocó, Nubia Carolina Córdoba Curi, por presunta doble
militancia política.
Los señores Odín Sánchez
Montes de Oca, Sergio Alexander Novoa Urrea y Jaime Gabriel García Mosquera, en
nombre propio, instauraron demandas en ejercicio del medio de control
consagrado en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011, con las que pretendian la
nulidad a la señora Nubia Carolina Córdoba Curi, como gobernadora del Chocó
periodo 2024-2027.
La controversia surgió debido
a la supuesta vinculación de Córdoba con diferentes movimientos políticos, lo
que llevó a la oposición a cuestionar su legitimidad para ejercer el cargo. Sin
embargo, el Consejo de Estado concluyó que no existían pruebas suficientes que
justificaran la destitución de la gobernadora.
El fallo ha generado una
mezcla de reacciones en el ámbito político. Los seguidores de Córdoba han
celebrado la decisión, considerándola un respaldo a su gestión y un impulso
para continuar con sus proyectos en beneficio de la comunidad chocoana.
El fallo que favoreció a Córdoba
Curi, podría generar a un nuevo escenario político en la región y la
posibilidad de que se establezcan diálogos entre las distintas fuerzas
políticas. Mientras tanto, la gobernadora continuara liderando el rumbo del
Chocó en un contexto de retos y oportunidades.
De otra parte, se advierte que
la apoderada de la demandada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, presentó
renuncia al poder junto con la comunicación enviada a la demandada Nubia
Carolina Córdoba Curi, la cual fue aceptada y en consecuencia se reconoció
personería para actuar al Dr. Humberto Antonio Sierra Porto, como apoderado de
la parte demandada