La Sala Especial de Primera
Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió sentido de fallo condenatorio
contra el exgobernador del Chocó Efrén Palacios Serna, al concluir que la
Fiscalía demostró más allá de toda duda la responsabilidad penal como
coautor del concurso heterogéneo de los delitos de contrato sin cumplimiento de
requisitos legales, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento
público, en la modalidad de continuados.
El alto tribunal absolvió a
Palacios Serna del delito de interés indebido en la celebración de contratos y
dispuso que el mismo continúe en libertad, teniendo en cuenta que ha asistido a
las distintas audiencias que han sido celebradas, hasta que se decida
en la sentencia si es necesaria o no su captura.
De acuerdo con los hechos que
originan la decisión, una vez posesionado como gobernador y antes de que
concluyera la vigencia del 2013, ordenó que a través del secretario de salud se
tramitaran y celebraran con apariencia de legalidad múltiples negocios
jurídicos en los que se hicieran figurar personas particulares supuestamente
encargadas de suministrar medicamentos de alto costo cuyo destinatario era la
población pobre y vulnerable del departamento, con el fin de apropiarse en
provecho propio y ajeno de los recursos públicos.
A partir de las particulares
circunstancias en que se realizaron los hechos, se infiere que Palacios
Serna era consciente no solo del comportamiento típico, sino de la
posibilidad del resultado lesivo para el bien jurídico de la
administración pública y, a pesar de ello, voluntariamente orientó su conducta
hacia su realización, de la cual siempre tuvo el control y dirección. Y es que
la delegación en que se escuda el inculpado no tuvo cumplimiento, pues cuando
los documentos contractuales fueron suscritos por los intervinientes, el
funcionario delegado que los suscribe hacía tiempo había dejado de pertenecer a
la administración departamental por haber sido remplazado (M. P. Ariel
Augusto Torres Rojas).