AUTORIDADES SE PRONUNCIAN POR EL MAL ESTADO QUE PRESENTA EL PUENTE SOBRE EL RIO SAN JUAN EN ISTMINA

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Mediante el Auto Interlocutorio No. 111 del 04 de abril de 2025, el Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, decidió, admitir la acción popular, impetrada por el profesional del derecho: Yanier Lozano Córdoba.

La acción de amparo de los derechos e intereses colectivos, tiene relación con la reclamación que viene realizando la comunidad de la Subregión del San Juan, relacionada con el deterioro del puente de San Juan, el cual está próximo a cumplir 45 años de funcionamiento y presenta múltiples deficiencias en su estructura. 

Dentro de las pretensiones de la demanda, el Tribunal en auto se pronunció, atendiendo los siguientes aspectos:

 El Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, después de estudiar todos los hechos e imágenes que se aportaron como pruebas, dando a entender la situación o estado precario del puente de San Juan en el Municipio de Istmina, decidió, que la acción popular,  dirigida, contra: el Ministerio de Transporte, el Instituto Nacional de Vías- INVIAS y contra la Gobernación del Chocó, que pretende el amparo, la defensa y protección de los intereses y derechos colectivos, contenidos en el artículo 88 de la Constitución, y desarrollada por la ley: 472 de 1998, busca,  evaluar la situación deprimente que hoy,  genera una posible fatiga en la citada infraestructura vial, otorgándole, 10 dias, a las entidades accionadas, a efecto, de contestar la demanda, desde la notificación.

Se les otorgó 3 dias para firmar un pacto de cumplimiento, conforme al artículo 27 de la 472 de 1998. Que será vigilado por la Defensoría del Pueblo.

Se concedió un máximo de 30 dias para que tomen decisiones sobre el futuro del puente.

Se ordena al MINISTERIO DE TRANSPORTE, INVIAS, GOBERNACIÓN

DEL CHOCÓ, en virtud de las competencias, la colaboración armónica

institucional, la concurrencia, que, en un plazo máximo de un mes, después de

quedar en firme la sentencia, procedan a:

 

1- Iniciar los estudios y diagnósticos necesarios para establecer el estado del puente sobre el río San Juan, estableciendo entre otros, aspectos:

 a) La necesidad de implementar señalización.

b)  Evaluar el deterioro de la pintura.

c)  Solucionar la carencia de un eficiente alumbrado.

d)  Superar la insuficiencia o carencia de limpieza.

e)  Reparar las barandillas oxidadas o dañadas.

f) Subsanar y acondicionar juntas o acoples rotos totalmente y/o con inminente dilatación.

g) Mejorar los sectores del concreto deteriorado, que se evidencian en las planchas o placas, donde se visualizan las varillas que sobresalen por el desgaste de las mismas.

h) Evaluar las condiciones del soporte de sobrepeso sobre la estructura. Esto es, comparar las condiciones de la carga que transitaba, hace 45 años y la que soporta hoy.

i) Evaluar la socavación, realizada en la base del puente por la fuerza del agua.

 

Después de la contestación de la acción popular y las respectivas excepciones, se espera el pronunciamiento de fondo del Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó.

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